Instituciones Públicas y Privadas
Instituciones Privadas
La República de Guatemala es un Estado soberano e independiente de Centro América, y forma parte de la Organización de las Naciones Unidas y de la Organización de los Estados Americanos. Guatemala política y jurídicamente se rige por la Constitución Política de la República de Guatemala, la cual es la ley suprema del Estado. El sistema de gobierno de Guatemala es republicano, democrático y representativo, según lo establecido en el artículo 140 de la Constitución.
La soberanía de Guatemala radica en el pueblo quien la delega, para su ejercicio, en los Organismo del Estado, según lo establecido en el artículo 141 de la Constitución, los cuales son:
• Organismo Legislativo (OL), el cual ejerce el poder legislativo, dicho poder es ejercido por los Diputados del Congreso de la República. Tiene la potestad legislativa para hacer las leyes que favorezcan al desarrollo integral del país, así como, procurar el bienestar común entre los habitantes. Está compuesto por los diputados del Congreso de la República y por el personal técnico y administrativo.
• Organismo Ejecutivo (OE), el cual ejerce el poder ejecutivo, dicho poder es ejercido por el Presidente de la República de Guatemala, el Vicepresidente de la República de Guatemala, los Ministerios del Estado y sus dependencias. Es importante resaltar que este organismo cuenta con su ley propia que norma todo lo relativo a su estructura, organización y funcionamiento.
Está compuesto por el Presidente de la República, el Vicepresidente de la República, los Ministerios de Estado, las Secretarías de la Presidencia y Vicepresidencia, las gobernaciones departamentales, las dependencias y entidades públicas descentralizadas, autónomas y semi-autónomas correspondientes a este organismo.
El Presidente y el Vicepresidente son elegidos por un período improrrogable de cuatro años por medio del sufragio universal y secreto.
El Presidente de la República es el encargado de sancionar, promulgar y cumplir las leyes nacionales y de hacerlas cumplir, las cuales son creadas y aprobadas por el Congreso de la República y que son hechas respetar por la Corte Suprema de Justicia. La Constitución de la República establece que el Organismo Ejecutivo será también el encargado de procurar la correcta aplicación de las leyes para el bienestar común de la población.
El actual Presidente de la República de Guatemala es Alejandro Giammattei y el actual Vicepresidente de la República de Guatemala es Guillermo Castillo Reyes.
• Organismo Judicial (OJ), el cual ejerce el poder judicial, dicho poder es ejercido por la Corte Suprema de Justicia, Corte de Apelaciones, Tribunales de Primera Instancia, Juzgados de Paz o Juzgados Menores y demás juzgados que establezca la ley. Cuenta con su propia ley orgánica que se encuentra contenida en el Decreto 2-89 del Congreso de la República, Ley del Organismo Judicial. En ejercicio de la soberanía delegada por el pueblo, imparte justicia conforme la Constitución Política de la República de Guatemala y los valores y normas del ordenamiento jurídico del país.
El Organismo Judicial está organizado de acuerdo a la Ley del Organismo Judicial, en la cual establece su división en dos grandes áreas que son: Área Jurisdiccional y Área Administrativa. El órgano supremo es la Corte Suprema de Justicia. Su sede se encuentra en el Palacio de Justicia y Torre de Tribunales en la Zona 1 de la Ciudad de Guatemala. La actual Presidente del Organismo Judicial, interina y de facto, es Silvia Valdés.
El Organismo Judicial actualmente está conformado por alrededor 619 tribunales, distribuyéndose de la siguiente manera: La Corte Suprema de Justicia, 30 salas de la Corte de Apelaciones, 218 juzgados de Primera Instancia y 370 juzgados de Paz.
Congreso de la República de Guatemala
El Congreso de la República de Guatemala es el órgano legislativo unicameral de Guatemala. Está conformado por 160 diputados electos por los ciudadanos por medio de listas cerradas para un período de cuatro años con posibilidad de reelección. El Congreso de la República cuenta con dos períodos de sesiones anuales, el primero abarcando del 14 de enero al 15 de mayo y el segundo del 1 de agosto al 30 de noviembre. Las sesiones son efectuadas en el Palacio Legislativo, ubicado en la Zona 1 de la Ciudad de Guatemala.
El Congreso de la República, que es el principal órgano del Organismo Legislativo, tiene su sede en el Palacio Legislativo, que se encuentra en la Zona 1, Centro Histórico, de la Ciudad de Guatemala.
Instituciones Públicas
El Capítulo III de la Constitución Política de la República de Guatemala, sobre el “Régimen de Control y Fiscalización”, establece que la Contraloría General de Cuentas es la institución técnica descentralizada responsable de fiscalizar “todo el interés hacendario de los organismos del Estado, los municipios, entidades descentralizadas y autónomas, así como de cualquier persona que reciba fondos del Estado o que haga colectas públicas.”
Existen además otras instituciones de fiscalización y control, contempladas también en la Constitución, las cuales se refieren a distintos ámbitos de competencia; a saber:
• La Corte de Constitucionalidad
• Procuraduría de los Derechos Humanos
• Fiscalía General / Ministerio Público
• Procuraduría General de la Nación
• Superintendencias de Administración Tributaria, de Telecomunicaciones y de Bancos
Corte de Constitucionalidad
El fin primordial de la Corte de Constitucionalidad es defender el orden constitucional de la República de Guatemala. Es un tribunal colegiado permanente, de jurisdicción privativa y es independiente de los demás organismos del Estado. Su funcionamiento se basa en los Artículos 268 al 272 de la Constitución Política de la República de Guatemala. Está conformada por cinco magistrados titulares e igual número de suplentes. La duración en funciones de estos es de cinco años.
Contraloría General de Cuentas
Su creación se basa en el artículo 232 de la Constitución Política de la República de Guatemala (1985). La Misión de esta entidad rectora del control gubernamental en Guatemala, es velar por la transparencia y honestidad de la gestión pública, y en particular, por la calidad y el buen uso de los recursos públicos.
Según lo establece la Constitución en el artículo 232, la Contraloría fiscaliza los ingresos y egresos de todos los organismos del Estado, de los contratistas de obras públicas y de cualquier persona que invierta y maneje fondos públicos. De acuerdo con la Ley Orgánica del Tribunal y Contraloría de Cuentas, entre las atribuciones de la entidad se encuentran: efectuar el examen de operaciones y transacciones financieras-administrativas a través de la práctica de auditorías, normar el control interno institucional y la gestión de las unidades de auditoría interna, evaluar los resultados de la gestión, coadyuvar con el Ministerio Público en la investigación de los delitos en contra de la hacienda pública, requerir la suspensión inmediata de funcionarios en caso de detectarse hechos delictuosos, nombrar interventores en asuntos de su competencia, entre otras.
Como lo establece también la Ley Orgánica de la entidad, el Contralor General de cuentas es la máxima autoridad de la Contraloría. No obstante, además de las funciones que desempeña este, existen también las de Subcontralor de Providad y de Subcontralor de Calidad de Gasto público. El primero de estos últimos tiene bajo su supervisión, entre otras áreas, la Dirección de Probidad y la Dirección de Ética y Moral, y es responsable de “velar por una honesta y proba administración pública y por la transparencia en el manejo de los recursos y bienes del Estado y de sus entidades, organismos e instituciones, así como por parte de los dignatarios, autoridades, funcionarios y servidores públicos.”
El Subcontralor de Calidad de Gasto público, por otra parte, lidera Las Direcciones de Infraestructura Pública, de Auditoría Gubernamental, de Calidad de Gasto Público; y de Asesoría Técnica. De acuerdo con la Ley Orgánica, debe rendir informes periódicos al Contralor General de Cuentas y al Congreso de la República, “sobre todas las evaluaciones, análisis, estudios, investigaciones, encuestas, propuestas y mediciones llevadas a cabo.”
Fiscalía General / Ministerio Público
A partir de la reforma constitucional de 1993, el Ministerio Público se separó de la Procuraduría General de la Nación a la cual estaba integrado, y se constituyó en un órgano autónomo encargado de realizar “la persecución y la acción penal pública”. A partir de la entrada en vigencia del Código Procesal Penal, en 1993, le fueron asignadas una serie de funciones que se pueden agrupar en dos grandes áreas: dirección de la investigación en la “etapa preparatoria”, y acusación para el desarrollo de la persecución penal. La Ley Orgánica del Ministerio Público, Decreto No. 40-94 por otra parte, establece su actuación y organización de la entidad.
Según el artículo 251 de la Constitución, “el Ministerio Público es una institución auxiliar de la administración pública y de los tribunales con funciones autónomas, cuyo fin principal es velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país.”
Al Fiscal General de la República y Jefe del Ministerio Público le corresponde el ejercicio de la acción penal pública. Es nombrado por cuatro años por el Presidente de la República, de una nómina de seis candidatos propuesta por la comisión de postulación. El Ministerio Público se rige por su Ley Orgánica del Ministerio Público (Decreto 512) y el Código Procesal Penal y sus reformas adicionales de promover la persecución penal y dirigir las investigaciones de los delitos de acción pública.
Procuraduría General de la Nación
Según el artículo 252 de la Constitución, la Procuraduría General de la Nación ejerce la representación del Estado dentro y fuera del territorio nacional y tiene a su cargo la función de asesoría y consultoría de los órganos estatales, de representación y defensa de los intereses del Estado. El Procurador General lo designa el Presidente de la República por cuatro años. Sus funciones se definen por la Ley Orgánica del Ministerio Público (Decreto 512) y sus reformas.
La Procuraduría de los Derechos Humanos
La función del Procurador de Derechos Humanos surge con la Constitución Política de la República promulgada en 1985. Con ella surgen también la Corte de Constitucionalidad y el Tribunal Supremo Electoral.
El Procurador de Derechos Humanos es un Comisionado del Congreso de la República para la defensa de los Derechos Humanos establecidos en la Constitución Política de la República de Guatemala, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los tratados y convenciones internacionales aceptados y ratificados por Guatemala.
Tiene atribuciones para iniciar procesos, suspender o destituir a los servidores públicos o funcionarios que lesionen los derechos humanos. Puede también iniciar el proceso contra cualquier persona, funcionario o empleado público, institución pública o privada que violente estos mismos derechos.
Es electo por el Pleno del Congreso para un período improrrogable de cinco años. Necesita como mínimo dos tercios del total de votos, en una sesión especialmente convocada para ese efecto. Su quehacer se fundamenta en la Ley de la Comisión de los Derechos Humanos del Congreso de la República y del Procurador de los Derechos Humanos (Decreto 54-86) y el artículo 273 de la Constitución.
Superintendencia de Administración Tributaria (SAT)
La Superintendencia de Administración Tributaria, se creó en 1997, como una institución autónoma y descentralizada, con competencia y jurisdicción en todo el territorio nacional, responsable de la administración tributaria y aduanera. Goza de autonomía funcional, económica, financiera, técnica y administrativa y cuenta con personería jurídica, patrimonio y recursos propios. Su función se fundamenta en el Decreto 1-98.
Uno de los propósitos primordiales para su creación fue el de “incrementar los ingresos tributarios en forma sostenida, honesta y transparente.”
Superintendencia de Telecomunicaciones (SIT)
Es un organismo técnico adscrito Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda. Administra y supervisa la explotación del espectro radioeléctrico y el Registro de Telecomunicaciones. Su creación y funcionamiento se basa en el Decreto 94-96.
Superintendencia de Bancos (SB)
Como lo establece el Artículo 133 de la Constitución Política de Guatemala, la Superintendencia de Bancos es el órgano que ejerce las funciones de vigilancia e inspección de los bancos, instituciones de crédito, empresas financieras, entidades afianzadoras, entidades de seguros y otras que disponga la ley.
En obediencia a lo dispuesto en el Artículo 32 del Decreto No. 67-2001 del Congreso de la República, Ley Contra el Lavado de Dinero u Otros Activos, se creó la Intendencia de Verificación Especial (IVE) dentro de la estructura de la Superintendencia de Bancos. Su función es prevenir y controlar el delito de lavado de dinero u otros activos.
SEGEPLAN ( Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia de la República de Guatemala)
SEGEPLAN es el ente de planificación del Estado, que asesora y asiste técnicamente a las instituciones públicas y al Sistema de Consejos de Desarrollo, para vincular los procesos de políticas públicas, planificación y programación con el Plan y la Política Nacional de Desarrollo, así como para su debido seguimiento y evaluación.
De acuerdo a su mandato legal asumirá la conducción y orientación de política, de manera que la formulación del presupuesto sectorial y territorial responda directamente al enfoque de políticas.
a. El modelo a impulsar se elaborará a partir de tres grandes vertientes: a. El nivel sectorial.
b. El nivel departamental.
c. El nivel municipal.
d. De las políticas públicas a la gestión de gobierno. Hasta diciembre del año 2007 SEGEPLAN reconocía la existencia de 40 políticas públicas agrupadas en cuatro categorías de intervención.
Referencias
OEA (2021). Guía de Mecanismos para la Promoción de la Transparencia y la Integridad en las Américas, Órganos de control. http://www.oas.org/es/sap/dgpe/guia_guatemala.asp
Wikipedia. Política de Guatemala, Organismos del Estado. https://es.m.wikipedia.org/wiki/Pol%C3%ADtica_de_Guatemala
Wikipedia. Congreso de la República de Guatemala, Marco Legal. https://es.m.wikipedia.org/wiki/Congreso_de_la_Rep%C3%BAblica_de_Guatemala
Wikipedia (2021). Organismo Ejecutivo: Funciones. https://es.m.wikipedia.org/wiki/Organismo_Ejecutivo
Wikipedia (Oct 13, 2019). Organismo Judicial: Funciones. https://es.m.wikipedia.org/wiki/Organismo_Judicial_de_Guatemala
https://observatorioplanificacion.cepal.org/es/instituciones/secretaria-de-planificacion-y-de-programacion-de-la-presidencia-segeplan-de-guatemala
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